mar 14

Los consumidores, distintas asociaciones y empresas comienzan a realizar elucubraciones sobre el impacto en el precio final que tendrá que soportar el consumidor por la subida del . El otro día hablaba de cómo se debería repercutir este porcentaje para situaciones homogéneas, pero el caso es que el no es un impuesto de aplicación homogenea y que tiene bastantes sectores con características especiales en la aplicación del impuesto.

En estos casos, fuera del hipotético redondeo que se crea en los ajustes de tarifas, los incrementos de costes a lo largo de la cadena de producción pueden ser latentes desde el punto y hora que se altera la tributación del en alguno de los puntos intermedios: ¿dónde se encuentran los sectores problemáticos?

  • a la agricultura. Los productos agrícolas adquiridos directamente al agricultor, repercuten un compensatorio para los propios agricultores. Este compensatorio sube en el alza del y se traslada su deducibilidad sólo al intermediario.
  • de módulos. En el caso del sector transporte, los incrementos del al tipo general provoca que el distribuidor final vea como se encarecen sus costes en un 2%, sobre todo en el caso de actividades en recargo de equivalencia.
  • en recargo de equivalencia, es un método de calculo que se aplica a casi todo el comercio minorista, obligando a pagar una cuantía fija de en las adquisiciones, impide su deducción y por tanto, todo el soportado incrementa el precio. Por ejemplo, cualquier comercio al por menor tendrá mayores costes no deducibles como alquileres, suministros, transportes y los propios altículos para la reventa. Estos costes provocan un precio expansivo.
  • Actividades con exención limitada de . Son aquellas actividades que no repercuten en sus servicios, si no en todos, en parte. Por ejemplo, servicios sanitarios, enseñanza, seguros y algunos servicios financieros. En esta línea estas actividades incrementan costes, dado que son destinatarios finales del pero elementos intermedios en la cadena de distribución. Al igual que el recargo de equivalencia, el incremento de precios debe ser superior al tipo impositivo para mantener la estructura de costes.

La propia ministra de economía ha evaluado en un desplazamiento al consumidor del 50% del alza del . Realmente lo dudo, puesto que el no es un tributo de aplicación homogénea en la economía y tiene excesivas distorsiones en toda la cadena de valor.

Las empresas no están capacitadas en su mayoría para absorber integramente el alza del por lo que obviamente, el consumidor final notará un repunte en precios entre el 3% y el 6% en muchos productos y servicios y aunque no se haya alterado por ejemplo el superreducido del 4%, muchos de estos productos se van a encarecer por los motivos expuestos.

1 Star2 Stars3 Stars4 Stars5 Stars (Se el primero en Votar)
Loading ... Loading ... [meneame] [del.icio.us] [Negociame] [Mirlobolsa] [Webalalza] [TopFn] [BolsayFinanzas] [coRank] [Fresqui] [Facebook] [Technorati] [Google] [Digg] [Live MSN]

Posts Relacionados:

  1. Formación de Precios en Análisis Técnico

Entradas relacionadas

publicado por juanjo \\ tags:

Un Comentario a “La subida del IVA hará que los precios suban más del 2%”

  1. MARCELA SUAREZ Dice:

    Productos como el boldo, sen, anis estrellado, acacia de la india, linaza, marcan IVA para efectos de su comercializacion ?

    Gracias por su pronta respuesta.

Deja un Comentario